La respuesta a la pregunta , la pueden ustedes deducir ,de lo que realmente esta pasando.Pero desde dentro de la Asociación, 8 están a favor del capricho del Alcalde y 4 dicen que es imposible hacerlo, además lucharan por sus derechos y los de esta FINCA propiedad del PUEBLO de VALVERDE DEL CAMINO, y no del señor ALCALDE de turno.
Estos son los Estatutos que debemos adactar a la nueva LEY ORGÁNICA 1/ 2002 DE ASOCIACIONES.
Pero mucho CUIDADO, con querer modificar algo que no se puede tocar y que es el corazón de esta , su ACTA FUNDACIONAL y aquellos artículos, en los que se refieren, DE LOS FINES DE LA ASOCIACIÓN.
Artículo 15. Responsabilidad de las asociaciones inscritas.
Artículo 15. Responsabilidad de las asociaciones inscritas.
Las asociaciones inscritas responden de sus obligaciones con todos sus bienes presentes y futuros.
2. Los asociados no responden personalmente de las deudas de la asociación.
3. Los miembros o titulares de los órganos de gobierno y representación, y las demás personas que obren en nombre y representación de la asociación, responderán ante ésta, ante los asociados y ante terceros por los daños causados y las deudas contraídas por actos dolosos, culposos o negligentes.
4.____Las personas a que se refiere el apartado anterior responderán civil y administrativamente por los actos y omisiones realizados en el ejercicio de sus funciones, y por los acuerdos que hubiesen votado, frente a terceros, a la asociación y a los asociados.
5___. Cuando la responsabilidad no pueda ser imputada a ningún miembro o titular de los órganos de gobierno y representación, responderán todos solidariamente por los actos y omisiones a que se refieren los apartados 3 y 4 de este artículo,_____ a menos que puedan acreditar que no han participado en su aprobación y ejecución o que expresamente se opusieron a ellas.
6. La responsabilidad penal se regirá por lo establecido en las leyes penales.
Artículo 40. Orden jurisdiccional civil.
1. El orden jurisdiccional civil será competente, en los términos establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con las pretensiones derivadas del tráfico jurídico privado de las asociaciones, y de su funcionamiento interno.
2._____ Los acuerdos y actuaciones de las asociaciones podrán ser impugnados por cualquier asociado o persona que acredite un interés legítimo, si los estimase contrarios al ordenamiento jurídico, por los trámites del juicio que corresponda.
3._____ Los asociados podrán impugnar los acuerdos y actuaciones de la asociación que estimen contrarios a los Estatutos dentro del plazo de cuarenta días, a partir de la fecha de adopción de los mismos, instando su rectificación o anulación y la suspensión preventiva en su caso, o acumulando ambas pretensiones por los trámites establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
4. En tanto se resuelven las contiendas de orden interno que puedan suscitarse en las asociaciones, las solicitudes de constancia registral que se formulen sobre las cuestiones controvertidas sólo darán lugar a anotaciones provisionales.
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