miércoles, 19 de octubre de 2011

¿ DESPIDO POR BAJA MATERNAL ?

  CUANDO RESULTA QUE HASTA LOS PADRES TENEMOS DERECHO A LA BAJA por PATERNIDAD, LAS MADRES, SIGUEN TENIENDO MIEDO AL EMBARAZO POR EL MIEDO A SER DESPEDIDAS DE SUS TRABAJOS, MIENTRAS EJERCEN ESTE DERECHO RECONOCIDO.

Hace poco hemos recibido información de que una trabajadora del sector del CALZADO en VALVERDE DEL CAMINO, ha sido despedida por este motivo.

QUIERO QUE SEPAS QUE IU-VALVERDE, SE SOLIDARIZA CON TU CAUSA Y QUEREMOS PEDIRTE, QUE SI LO CREES CONVENIENTE, TE PASES POR NUESTRA SEDE PARA INFORMARNOS DE TODOS LOS DETALLES DE ESTE DESPIDO.

De todas formas, te pongo esta entrada solamente para que tengas un poco mas de información.

  MUJER NO DEJES QUE TE AMARGUEN TU ELECCIÓN DE SER MADRE.

Las trabajadoras tienen derecho a 16 semanas de baja por maternidad remuneradas al 100%; tanto después del nacimiento del bebé, como tras una adopción.

Se pueden distinguir tres casos distintos de descanso o baja por maternidad, tal como establece el Estatuto de los Trabajadores:
• Descanso por la madre después del parto.
• Descanso solicitado por el padre.
• Descanso solicitado por la madre o el padre en caso de adopción.

En el caso de la madre, la baja o descanso por maternidad tiene una duración de 16 semanas. Sin embargo, si se trata de un parto múltiple, el descanso por maternidad se amplía en dos semanas más por cada hijo, a partir del segundo.

La Ley contempla que las primeras 6 semanas de la baja por maternidad son de descanso obligatorio para la madre después del parto.

Las 10 semanas restantes las puede convertir en 20 si las “disfruta” a media jornada. Del mismo modo, estas 10 semanas las puede compartir con el padre o, incluso, cedérselas completamente.

En el caso de la adopción, si el niño tiene menos de seis años, el período de descanso por maternidad será también de 16 semanas.

Si se trata de una adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento de los padres al país de origen del niño adoptado, el período de descanso podrá iniciarse hasta cuatro semanas antes de la resolución de adopción.

Entre las novedades que introdujo la Ley para la igualdad destacan:

• Si fallece el bebé, la madre podrá continuar disfrutando del permiso de maternidad por parto hasta concluir las 16 semanas.

• Se establece la posibilidad de ampliar el permiso de maternidad durante el tiempo que el bebé permanezca hospitalizado y hasta un máximo de 13 semanas más, en los casos de parto prematuro y de recién nacidos que precisen hospitalización superior a siete días a continuación del parto.

• El permiso por maternidad se amplia en 2 semanas más para los supuestos de discapacidad del hijo, o del menor adoptado o acogido.
Vacaciones
Se podrán disfrutar las vacaciones en fecha distinta, aunque haya terminado el año natural a que correspondan, si coinciden con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con la baja por maternidad.

 VER MAS INFORMACIÓN


3 comentarios:

Paco Cifuentes dijo...

Antonio, me gustaría comentarle a esta persona que un despido estando embarazada es NULO de pleno derecho y que existe multitud de jurispudencia al respecto. Que pelee por sus derechos, en este aspecto la justicia es impasible.

ANTONIO DS. dijo...

Por eso quiero saber quien es y aconsejarla en lo que pueda. Tiene muy mala cara esto para el empresario que haya hecho esto,aunque me han dicho que antes se ha librado de otro caso peor,pero que no voy a poner aquí mientras no tenga toda la información en mi mano,aunque le diera la justicia la razón. Me gustaría que gente joven y que estudian derecho vieran estos casos y pudieran estudiarlos.

Hoy he hechado un rato buscando y leyendo sobre esto y en todo caso me parece una vulneración de una LEY DE IGUALDAD, que actualmente puede disfrutar también el Padre.

Artículo 8. Discriminación por embarazo o maternidad.

Constituye discriminación directa por razón de sexo todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad.

A esta Mujer por ser Madre,se le da de baja en la empresa mientras que está de baja maternal y cuando vuelve se entera. Mujer embarazada no interesa al empresario, pese a estar protegida por la LEY o más, o menos, espero que me cuenten más detalles y tenga valor a seguir con su denucia,o al menos que llegue a acuerdos con la empresa favorables para ella.

Decirle que aquí estamos para luchar junto a ella si así lo desea o le hace falta.

Anónimo dijo...

Tambien sé de otra empresa que la mujer sabía que iba a ser despedida, no dijo nada del embarazo, y cuando se le despidió denunció a la empresa porque decia que se le habia despedido porque estaba embaraza. Como es lógico ganó la mujer, y la empresa tuvo que pagarle un buen dinerito porque el juez la creyó. Una mujer embaraza es como un lince.....ni toserle uno puede. ( Y si no me creen hablen con cualquier abogado, vereis como os dicen que la mujer embarazada siempre tiene las de ganar)
Actitudes como ésta hace que las mujeres se ganen la fama.
(¡ojo! no generalizo, pero ya hay un empresario que se pensará muy seriamente el contratar a una mujer)
Un dia te dire quien soy, que me conoces de más, y tendremos una larga charla.
Saludos Antonio